Encuentra respuestas a preguntas comunes sobre cuentas de retiro.

Puedes encontrar el balance de tu cuenta iniciando sesión en u.bpas.com. Después de ingresar tu nombre de usuario y contraseña tu balance actual se mostrará en la página principal. Si no puedes encontrar la información para ingresar a tu cuenta en línea, llama al Centro de Servicio al Participante al 1-866-401-5272.

Siempre puedes encontrar el estado de cualquier solicitud iniciando sesión en tu Cuenta de ParticipanteCuenta de Participant y navegando al menú Mi Cuenta, y bajo Préstamos o Retiros, selecciona el menú Historial..

Debido a que tu plan está regulado por el IRS, las aportaciones máximas cambian de año en año (indexadas para aumentos en el costo de vida). Para ver las cifras más recientes, selecciona las Figuras de Ajuste del Costo de Vida del IRS desde el menú de Planificación. También puedes encontrar esta información aquí. Este gráfico te mostrará la cantidad que puedes aportar cada año, incluida la aportación adicional “catch up” que pueden hacer los empleados que tengan 50 años o más en el año actual del plan. También puedes acceder a la página web del IRS (irs.gov) para obtener información adicional.

Si eres un empleado activo (todavía empleado por el empleador que patrocina el plan), actualiza tu dirección con la división de Recursos Humanos. Tu empleador nos proporciona la nueva dirección en cada periodo de pago con el fin de mantener actualizados nuestros registros..
Si eres un participante que ha finalizado su empleo, hay varias formas de actualizar tu dirección en BPAS:
1. Inicia sesión en tu cuenta de participante . En Mi Perfil, selecciona Personal y luego puedes editar tu dirección en línea (este es el método más recomendable).
2. M2. Envía una prueba aceptable de cambio de dirección a: BPAS | 6 Rhoads Drive, # 7| Utica, NY 13502. O envía un fax al 315-292-6450. La prueba aceptable de cambio de dirección incluye cualquiera de los siguientes:
> Licencia de conducir, permiso de aprendizaje, o tarjeta de identificación con foto emitida por el DMV que muestre tu nueva dirección
> Talón de pago emitido por un empleador en los últimos dos meses que muestre tu nueva dirección
> Factura de servicios públicos (por ejemplo, gas, electricidad, agua, cable o teléfono), no más antigua de dos meses, emitida a tu nombre y que muestre tu nueva dirección. Ten en cuenta que no podemos aceptar facturas de teléfono celular o localizadores
> Tarjeta de registro de votante que muestre tu nueva dirección
> Póliza actual de seguro de propietario o factura que muestre tu nueva direccións
3. Completa un formulario de cambio de dirección en USPS.com; o envíanos un formulario de cambio de dirección del Servicio Postal de los Estados Unidos.

Si enviaste por fax o correo la documentación para un préstamo o retiro, puedes verificar el estado de tu solicitud en línea iniciando sesión en tu Cuenta de Participante. O bien, llama al Centro de Servicio al Participante al 1-866-401-5272.

Puede que seas elegible para un préstamo o retiro de tu cuenta según las disposiciones de tu plan de retiro. Inicia sesión en tu Cuenta de Participante o llama al Centro de Servicio al Participante al 1-866-401-5272 para verificar si eres elegible.

Si tu empleador permite cambios en los aportes en línea, inicia sesión en tu Cuenta de Participante. En la sección Mi Cuenta, selecciona Cambiar en el menú Aportaciones. También puedes realizar cambios utilizando nuestro Sistema Automatizado de Teléfono llamando al 1-800-530-1272. Cuando se te solicite, simplemente ingresa tu número de seguro social y tu PIN, y luego escucha las indicaciones correspondientes para las aportaciones.
Si tu empleador no permite cambios en línea, inicia sesión en tu Cuenta de Participante e imprime un formulario de Cambio de Tasa de Aportes desde la Biblioteca. Deberás devolver el formulario completo a tu Departamento de Recursos Humanos.

Sigue las instrucciones en la pantalla de inicio de sesión para restablecer tu contraseña.

Si cumples con los requisitos para un retiro, la mayoría de los planes te permiten iniciar sesión en tu Cuenta de Participante y seleccionar de la opcion(es) disponibles en el menú de Retiros en la sección Mi Cuenta. Puedes acceder e imprimir los formularios. Si no tienes acceso a una impresora, puedes solicitar en línea que te envíen la documentación por correo.

Si cumples con los requisitos para un retiro, la mayoría de los planes te permiten iniciar sesión en tu Cuenta de Participante y seleccionar “Solicitar” en el menú de Retiros en la sección Mi Cuenta. Puedes acceder e imprimir los formularios. Si no tienes acceso a una impresora, puedes solicitar en línea que te envíen la documentación por correo..
Para los préstamos de MyPlanLoan, si tu plan requiere el consentimiento conyugal, también deberás completar y enviar un Formulario de Consentimiento Conyugal

Si tu préstamo es deducido de tu nómina, puedes saldar tu préstamo enviándonos un cheque de cajero, giro postal, o cheque personal junto con un formulario de pago del préstamo. Puedes encontrar el formulario de pago de préstamo en la Biblioteca cuando inicies sesión en tu Cuenta de Participante. Los pagos realizados con cheque de cajero o giro postal se procesan dentro de 1 a 3 días hábiles después de recibirlos. Estamos obligados a retener cheques personales durante 10 días hábiles. Haz los cheques a nombre de tu plan de retiro para beneficio de “tu nombre” y envíalos por correo a:
BPAS | 6 Rhoads Drive, #7 | Utica, NY 13502

Puedes saldar tu préstamo de MyPlanLoan iniciando sesión en tu cuenta de MyPlanLoan para realizar un pago electrónico. O puedes enviarnos un cheque de cajero, giro postal, o cheque personal e indicar en la sección de memo “Pago del préstamo de MyPlanLoan”. Ten en cuenta que hay un cargo adicional por pagos enviados por correo. Puedes enviar el pago por correo a:
BPAS | 6 Rhoads Drive, #7 | Utica, NY 13502


Si estás buscando saldar un préstamo en incumplimiento, por favor comunícate con la línea de Servicio al Participante al 1-866-401-5272, opción 3, para que te proporcionen el monto de liquidación en un plazo de 10 días.

Te sugerimos comunicarte con el asesor financiero de tu plan para obtener orientación sobre inversiones. Si no conoces a tu asesor, llámanos al 1-866-401-5272 para que te proporcionemos la información de contacto.

Por motivos de seguridad y protección, no podemos enviar por correo electrónico documentos que contengan información financieramente identificable o personal. Actualmente estamos investigando opciones que nos permitan enviar esta información de manera segura en el futuro cercano.

El derecho adquirido es el porcentaje de una cuenta de retiro que es “poseída” por un participante del plan; solo tienes derecho a la cantidad de la que eres “propietario”.
Siempre tienes el 100% de los derechos adquirido a cualquier dinero que aportes (por ejemplo, una reducción salarial o aporte de transferencia). Sin embargo, las aportaciones del empleador pueden estar sujetas a un programa de derechos adquirido. La tasa a la que se adquiere el derecho a las aportaciones del empleador depende de las disposiciones de tu plan. Puedes encontrar más información sobre el programa específico de derechos adquirido de tu plan en la Descripción del Plan Resumido en la biblioteca.
Si tu cuenta muestra dos balances diferentes (tu Balance Total difiere de tu Balance Adquirido), es porque aún las aportaciones del empleador no están completamente adquiridas(en tu propiedad).

Su empleador enlistó a BPAS AutoRollovers para establecer IRAs en nombre de participantes dados de baja. Debido a que ya no trabajas para el patrocinador del plan (el empleador) y tu balance de cuenta está por debajo de cierto umbral, trasladamos tus fondos a una nueva cuenta que es segura y completamente accesible para ti. La diferencia es que tu nueva cuenta ya no está asociada con el plan de tu antiguo empleador. Por favor, llama al Centro de Servicio al Participante al 1-866-401-5272 si tienes preguntas sobre tu nueva cuenta de IRA.

Estamos obligados por el IRS a enviar los formularios 1099-R a más tardar el 31 de enero. Si por alguna razón no has recibido tu formulario 1099-R antes del 15 de febrero, llama de inmediato al Centro de Servicio al Participante al 1-866-401-5272 o inicia sesión en tu Cuenta de Participante y descarga tu formulario. Los formularios se encontrarán en la Biblioteca bajo Formularios Tributarios.

Sí. Contamos con varios miembros del equipo que hablan español con fluidez y están listos para ayudar si es necesario. Además, utilizamos servicios de traducción que se pueden incorporar en conferencias si es necesario.
Nuestro sitio web también se puede ver en español, y tenemos varios avisos y otros materiales que se pueden proporcionar en español también.

Si no deseas participar en el plan de retiro en este momento, puedes cambiar el monto de tu aporte en línea si tu plan lo permite, o llamando al Centro de Servicio al Participante al 1-866-401-5272. Si tu plan no permite cambios en línea, puedes iniciar sesión en tu Cuenta de Participante e imprimir el formulario de Cambio de Tasa de Aportes de la Biblioteca. Devuelve el formulario completo a tu Departamento de Recursos Humanos.

Las Aportaciones Roth y las Aportaciones después de impuestos son similares en cuanto al tratamiento fiscal inicial y durante los años previos al retiro. La principal diferencia involucra el tratamiento fiscal de los retiros.

Requerimos el Formulario de Transferencia Entrante para todos los activos entrantes a BPAS. El administrador del plan de tu antiguo empleador también requiere documentación para iniciar una distribución. Si completaste ambos formularios, es posible que simplemente aún no hayamos recibido los activos de tu plan anterior. Te sugerimos comunicarte con el administrador de tu plan anterior para asegurarte de que tengan la documentación necesaria y hayan enviado tus activos a BPAS.

Simplemente contacta a nuestro Especialista de Transferencia Entrantes en [email protected] o llama al (866) 401-5272, ext. 5007. Incluso puedes completar electrónicamente el Formulario de Transferencia Entrante de BPAS para acelerar el proceso. Nuestro Especialista en Transferencia también puede ayudarte a ponerte en contacto con el administrador del plan de tu antiguo empleador mediante una llamada en conferencia.

Entendemos y estamos aquí para ayudar. A continuación, se muestra la información de respaldo que el IRS nos exige recopilar antes de poder emitir retiros por dificultades.
Documentación para Compra de una Residencia Principal
> Proporciona una copia del acuerdo contractual vinculante (incluidos los anexos, si los hubiera) para construir una casa o un acuerdo de compra que esté firmado y fechado por ambas partes (comprador y vendedor). Estos acuerdos deben incluir la dirección de la propiedad, el precio total de compra y una fecha futura de cierre no superior a 90 días desde la fecha de solicitud.
> Compra de Terreno (con fines de construcción de una residencia principal): Un recibo de venta actual, contrato o escritura que indique una fecha futura de cierre, debe estar firmado por comprador y vendedor, fechado e incluir la dirección de la propiedad.
> Construcción de Residencia Principal: Copias de los costos directamente relacionados con la construcción de una residencia principal, como facturas o recibos que incluyan cualquier costo de material que deba pagarse.
> Proporcione uno de los siguientes documentos para verificar los “Costos Estimados a Pagar en el Momento del Cierre”. El precio de compra y la dirección de la propiedad en el documento ABAJO DEBEN coincidir con el precio de compra y la dirección de la propiedad en el acuerdo de compra:
> > La “Hoja de Tarifas Iniciales” (fechada dentro de los 45 días) que contenga el nombre del participante, la dirección de la propiedad y los costos estimados a pagar (gastos de bolsillo) en el momento del cierre.
> > Una carta del prestamista (fechada dentro de los 45 días) que verifique el monto de los “Costos Estimados a Pagar en el Momento del Cierre”. La carta debe estar en el membrete de la institución financiera haciendo referencia al nombre del participante, la dirección de la propiedad y debe estar firmada y titulada por un representante de la entidad.
> > Una copia de la Solicitud de Préstamo Residencial Uniforme (fechada dentro de los 45 días) que contenga los “Costos Estimados a Pagar en el Momento del Cierre”. La solicitud de préstamo debe contener el nombre del participante y la dirección de la propiedad. Si no hay una fecha futura de cierre en el acuerdo de venta, el participante debe proporcionar una carta de la compañía hipotecaria que incluya la fecha futura de cierre. La carta debe estar en papel con membrete y hacer referencia al nombre del participante, la dirección de la propiedad y debe estar firmada/titulada por un representante de la compañía hipotecaria.
Pago de Matrícula y Gastos Relacionados
Definición: Pago de matrícula, tarifas educativas relacionadas y gastos de alojamiento/comida, hasta los próximos 12 meses de educación postsecundaria para el empleado, el cónyuge del empleado, los hijos o dependientes.
La educación postsecundaria generalmente se refiere a la educación que comienza después de completar la escuela secundaria. Los gastos que calificarían para un retiro por dificultades incluirían matrícula, tarifas cobradas por el uso de instalaciones tecnológicas u otras instalaciones requeridas para el programa postsecundario (como tarifas de computadora o tarifas de instalaciones deportivas), gastos de dormitorio y gastos de una habitación o apartamento cerca de la instalación educativa, y comidas mientras asiste al programa educativo. Los pagos de préstamos estudiantiles no son gastos educativos para este propósito.
Documentación para el Pago de Matrícula y Gastos Relacionados
> Copias de facturas reales para la matrícula futura en membrete de la escuela, de hasta los próximos 12 meses de educación postsecundaria. La factura debe incluir: el nombre del estudiante, el nombre de la escuela o institución educativa, el período para el cual se incurren los gastos (por ejemplo, primavera de 2016) y el monto total debido. Las facturas no pagadas deben tener una fecha dentro de los 45 días y contener la fecha de inicio del semestre que no debe ser más de 90 días antes del inicio del semestre o durante el semestre para el cual se incurren los gastos. Los gastos de períodos/semestres anteriores no son elegibles para un retiro por dificultades.
*La factura de matrícula debe indicar que los semestres actuales y/o futuros están pendientes junto con el monto requerido para satisfacer la necesidad. La factura no puede ser por costos “estimados”. Para evitar retrasos, debe indicarse claramente que el pago requerido es un estado “finalizado” de la escuela.
**Si la factura de matrícula indica un nombre que no sea el del participante, necesitamos pruebas de dependencia o cónyuge. Esto incluye documentación tributaria o acta de nacimiento como prueba de dependencia o licencia de matrimonio como prueba de cónyuge.

> Copia de la factura de tarifas de residencia o tarifas de vivienda (o estimación de tarifas de residencia firmada por la institución educativa) que aparezca en el membrete de la escuela que contenga el nombre del dormitorio o proveedor de vivienda y el nombre del participante o estudiante. Una copia de un contrato de arrendamiento que indique el alquiler y esté firmada/fechada por todas las partes interesadas. La factura debe especificar el monto adeudado y debe referirse a un período futuro que finalice no más de un año después de la fecha de presentación.
> Copia de la factura por gastos de alimentación (o estimación de gastos de alimentación firmada por el propietario o gerente del establecimiento de comidas) que aparezca en el membrete de la escuela, que contenga el nombre del establecimiento que proporciona la comida, las comidas y el nombre del participante o estudiante. La factura debe especificar el monto adeudado y debe referirse a un período futuro que finalice no más de un año después de la fecha de presentación.
Pagos para Evitar Desalojos o Ejecuciones Hipotecarias
Definición: Gastos necesarios para evitar el desalojo o la ejecución hipotecaria de la residencia principal del empleado. El participante solo puede calificar para un retiro por dificultades por esta razón si una cantidad específica de dólares vence en una fecha determinada en el futuro para evitar la ejecución hipotecaria o evitar el desalojo.
Documentación para Pagos para Evitar Desalojos o Ejecuciones Hipotecarias
> Incluye una copia del aviso de desalojo/ejecución hipotecaria o la orden judicial. El aviso u orden judicial debe:
> > Incluir el nombre y la dirección del participante (la dirección en la documentación debe coincidir con la dirección en el registro).
> > Estar fechado dentro de los 45 días de la solicitud.
> > Indicar claramente una fecha futura para la cual se debe pagar la cantidad para evitar el desalojo o la ejecución hipotecaria.
> > Proporcionar los meses por los cuales se debe el alquiler o el pago.
> > Identificar claramente el nombre del propietario y la información de contacto del propietario.
> > Incluir la firma fechada del propietario y el TÍTULO (por ejemplo, Propietario, Gerente de Propiedad, etc.).
> > La firma del propietario debe ser presenciada por un Notario Público si la carta de desalojo no está en el membrete del complejo/empresa.
*Si recibimos una prueba que no indica una fecha futura de cuándo vencen los fondos para la hipoteca o el desalojo, está bien aceptarla siempre y cuando la fecha en la carta sea actual y no tenga más de 14 días. La carta debe indicar que los procedimientos de ejecución hipotecaria/ aceleración pueden ocurrir si no se pagan los fondos.
> Si la dirección en el registro no coincide con la dirección de la residencia principal en el aviso de ejecución hipotecaria o desalojo, el participante debe enviar una copia de su licencia de conducir actual que muestre la dirección de la residencia principal. Si la licencia de conducir actual aún no se ha actualizado con la dirección de la residencia principal, el participante también puede enviar una carta firmada, fechada y notariada que indique que la casa en ejecución hipotecaria o la residencia de la que se está siendo desalojado es la residencia principal.
> Si el nombre en la carta de ejecución hipotecaria o desalojo no coincide con el nombre del participante , necesitamos documentación de respaldo que indique que el participante vive allí. Esto incluirá una copia de una declaración de impuestos o una factura de servicios públicos.
> Proporcione una copia del aviso de ejecución hipotecaria de la institución financiera (en el membrete de la institución financiera) o la orden judicial (fechada dentro de los 45 días). El aviso u orden judicial debe indicar claramente el monto en dólares que se debe y una fecha futura en la que debe pagarse para remediar los procedimientos de ejecución hipotecaria.
> Los impuestos sobre la propiedad vencidos califican si son impuestos sobre la residencia principal del participante y resultará en la ejecución hipotecaria o venta de la propiedad. El aviso de impuestos (fechado dentro de los 45 días) debe hacer referencia a los años fiscales; debe indicar el monto en dólares debido y una fecha futura que se necesita para evitar la venta de la propiedad.
Gastos Médicos/Dentales/Hospitalarios
Definición: Gastos para (o necesarios para obtener) atención médica/dental/hospitalaria que serían deducibles según la sección 213(d) del IRC (determinada sin tener en cuenta si los gastos superan el 7.5% del ingreso bruto ajustado). El participante puede solicitar un retiro por dificultades por gastos médicos calificados incurridos por el participante , el cónyuge del participante, los hijos o dependientes del participante.
Atención Médica/Dental/Hospitalaria incluye montos impagos por cualquiera de los siguientes:
> Para el diagnóstico, cura, mitigación, tratamiento o prevención de enfermedades, o con el propósito de afectar cualquier estructura o función del cuerpo.
> Para transporte principalmente y esencial para la atención médica.
> Para servicios de atención a largo plazo calificados, que incluyen servicios de diagnóstico, prevención, terapéuticos, curativos, tratamientos, mitigación y rehabilitación necesarios, y servicios de mantenimiento o cuidado personal. Para calificar, estos servicios deben ser requeridos por una persona con enfermedad crónica y proporcionados bajo un plan prescrito por un profesional de la salud con licencia.
> Para seguros que cubren atención médica como se describe anteriormente, o para primas elegibles de seguros de atención a largo plazo para cualquier contrato de seguro de atención a largo plazo calificado.
> Para alojamiento fuera del hogar que es principalmente para y esencial para la atención médica, sujeto a los límites de la sección 213(d)(2) del IRC.
> Para medicamentos recetados que requieren una receta médica.
Documentación para Gastos Médicos
> Gastos Médicos/Dentales/Hospitalarios: Copia de la factura médica/dental/hospitalaria que enumera los gastos médicos/dentales/hospitalarios y totales en el membrete del proveedor médico o de seguros mostrando al participante o al dependiente como paciente o asegurado. La factura no debe tener más de 90 días. Las facturas médicas y dentales/hospitalarias detalladas deben mostrar la parte asegurada y no asegurada de los gastos. Si los gastos médicos, hospitalarios u otros gastos de atención médica no están cubiertos, el proveedor debe verificar su información directamente en la factura médica, además de firmar y proporcionar su título. Si la factura indica una fecha de vencimiento que ya ha pasado, el participante debe proporcionarnos una factura actualizada.
*Si el médico/dentista se niega a realizar tratamientos futuros sin el pago por adelantado, el participante debe incluir un plan de tratamiento firmado de la oficina del médico. Esto debe incluir el título de la persona que firma, indicando la fecha futura de la cita y que se espera el pago en el momento en que se presta el servicio. El plan de tratamiento debe mostrar la parte estimada del seguro y el monto adeudado por el paciente.
**Si la factura está a nombre de alguien que no sea el participante , necesitamos pruebas de dependencia. Esto incluye ya sea documentación tributaria del participante que indique prueba de dependencia o el acta de nacimiento del dependiente.

> Servicios de Atención a Largo Plazo: Copia de la factura de servicios que enumera los servicios y los montos en dólares de los gastos en membrete del proveedor de servicios o del proveedor de seguros mostrando al participante o al dependiente como paciente o asegurado. Las facturas médicas y dentales/hospitalarias detalladas deben mostrar la parte asegurada y no asegurada de los gastos. La factura no debe tener más de 90 días.
> Primas de Seguros para Gastos Médicos o Servicios de Atención a Largo Plazo: Copia de la factura del asegurador por primas en membrete mostrando al participante o al dependiente como paciente o asegurado. Estas primas no deben ser reembolsadas por ningún empleador. La factura no debe tener más de 90 días.
> Gastos de Alojamiento mientras está fuera de casa principalmente para atención médica esencial: Copia de la factura del proveedor en membrete mostrando al participante o al dependiente como participante con la factura de gastos médicos adjunta indicando las fechas del servicio. La factura debe tener una fecha dentro de los 90 días y el participante solo puede enviar gastos de alojamiento hasta $50 por persona, por noche.
*La atención médica no incluye cirugía estética u otros procedimientos similares, a menos que sea necesario para mejorar una deformidad relacionada con una anomalía congénita, una lesión personal resultante de un accidente o trauma, o una enfermedad desfigurante.
Gastos para Reparación de Daños a la Residencia Principal del Empleado que Califica para una Deducción por Pérdidas por Daños
Definición: Gastos para la reparación de daños a la residencia principal del empleado que calificarían para la deducción por pérdidas por daños según la sección 165 (determinada sin tener en cuenta si la pérdida supera el 10% del ingreso bruto ajustado).
Una Pérdida por Daños es definida como un evento “súbito, inusual o inesperado” que resulta en una pérdida no asegurada. Las causas de tales pérdidas rápidas incluyen inundación, incendio, terremoto, daños por viento, daños por agua, robo, accidente, vandalismo, huracán, tornado, disturbios, naufragio, nieve, lluvia y hielo.
Documentación para Daños a la Casa
> Evidencia de daños (una descripción detallada de los eventos que resultaron en los daños). El participante puede presentar fotos y/o artículos de recortes de periódicos como evidencia.
> El motivo de la pérdida y cualquier documentación que respalde la pérdida. El participante debe firmar/fechar su carta de explicación.
> La ubicación de la pérdida (la dirección de la pérdida debe ser la residencia principal del participante).
> Si la dirección en el archivo no coincide con la dirección de la residencia principal del participante en nuestro sistema como se indica en la descripción de la pérdida o las facturas, el participante debe enviar una copia de su licencia de conducir que indique la dirección de la residencia principal. Si la licencia de conducir actual aún no se ha actualizado con la dirección de la residencia principal, el participante también puede enviar una carta firmada, fechada y notariada que indique que la casa afectada por el daño es la residencia principal.
> Facturas actuales no pagadas (fechadas dentro de los 45 días) y/o contratos, firmados por el participante y el contratista, que evidencien el costo de la reparación y que indiquen que el seguro no cubre el costo de las reparaciones. La factura debe indicar una fecha futura en la que se realizará la reparación. Los contratos deben estar completamente ejecutados con las firmas de un representante y del participante en el contrato. Tenga en cuenta: No podemos aceptar una estimación de estos cargos.
> Copia de cualquier reclamo de seguro de su compañía de seguros como evidencia de que los daños han sido cubiertos o no por su seguro de propietarios. Si el participante no tiene seguro y proporciona un aviso de cancelación, entonces necesitamos pruebas adicionales que indiquen que el daño fue pérdida por daños (por ejemplo: Aviso de FEMA indicando que el condado en el que vive el participante se considera una recuperación de desastres). **El participante solo puede calificar para un retiro por dificultades por esta razón cuando haya una pérdida por daños a su residencia principal que haya surgido de incendio, tormenta, naufragio, robo u otro tipo de pérdida por daños. Solo la parte del gasto que no esté cubierta por el seguro es elegible para este propósito.
*Para ser deducible, una pérdida por daños debe ocurrir rápidamente, generalmente instantáneamente o en unos pocos días. Las pérdidas lentas que ocurren durante meses o años, como daños por moho, pudrición seca, daños por polilla o termitas, o mantenimiento normal del hogar para reparar o reemplazar ventanas, techo o fontanería generalmente no son deducibles de impuestos y, por lo tanto, no califican para una dificultad financiera.
**El participante solo puede calificar para un retiro por dificultades por esta razón cuando haya una pérdida por daños a su residencia principal que haya surgido de incendio, tormenta, naufragio, robo u otro tipo de pérdida por daños. Solo la parte del gasto que no esté cubierta por el seguro es elegible para este propósito.

Pago de Gastos de Entierro o Funeral
Definición: Pagos por gastos de entierro o funeral para los padres fallecidos del participante , cónyuge, hijos o dependientes.
Documentación para el Pago de Gastos de Entierro o Funeral
> Facturas pendientes (fechadas dentro de los últimos 45 días) de otras partes para pagar gastos adicionales asociados con el funeral.
> Gastos cubiertos incluyendo la apertura/cierre de una tumba, un terreno de entierro, un sepulcro o revestimiento de tumba, un marcador o monumento, un cripto, cargos de cuidado perpetuo del cementerio, honorarios para el clero, gastos de desayuno/almuerzo/cena asociados con el funeral/servicio conmemorativo, flores, registros de invitados y tarjetas de agradecimiento, música y urna o ataúd.
> Gastos que no están cubiertos incluyen facturas que ya han sido pagadas, gastos de entierro en la medida en que estén cubiertos por beneficios de veteranos, gastos de viaje incurridos por familiares para asistir al funeral, y funerales preestablecidos/prepagos.
> Proporcione una copia de la factura actual (fechada dentro de los últimos 45 días) no pagada firmada por la funeraria/director. La factura detallada debe mostrar el nombre del fallecido, el balance impago y la parte responsable (participante) para el pago. Proporcione una copia de las facturas actuales (fechadas dentro de los últimos 45 días) no pagadas de otras partes para pagar gastos adicionales.
> Copia del certificado de defunción.
> Prueba de ser miembro de la familia inmediata (acta de matrimonio, acta de nacimiento, etc.).

Un RSM (por sus siglas en inglés) es un número basado en la edad que se utiliza para ayudarte en tu camino hacia el retiro. Puede ser un punto de revisión rápido para ver si tu estrategia actual de ahorro es suficiente o si debe ajustarse. Para probarlo, simplemente utiliza el RSM más cercano a tu edad y multiplícalo por tu salario actual. El resultado es la cantidad de dinero que deberías tener en tus cuentas de retiro en este momento. Puedes encontrar la cifra del RSM en la página 4 de tu estado de cuenta trimestral, al que puedes acceder en cualquier momento iniciando sesión en tu cuenta y visitando Mi Cuenta, y luego Estados de Cuenta. Si el balance de tu cuenta es superior al número calculado, es posible que tu estrategia actual de ahorro te ayude a alcanzar tus metas de retiro. Si tu balance está por debajo del número calculado, una de las mejores formas de mejorar tu resultado es aumentar tu tasa de aportes dentro de tu plan de retiro.